Política ética
El consejo de administración de FKA Brands Ltd. se compromete a garantizar que las personas y comunidades que suministran los productos y servicios que compramos y vendemos reciban un trato justo, y que sus derechos humanos fundamentales se protejan y respeten. Esperamos que nuestros proveedores compartan nuestro compromiso de garantizar un trato justo y respetar los derechos humanos de las personas y comunidades de nuestras cadenas de suministro, así como nuestra comprensión de los derechos fundamentales que les corresponden.
FKA lleva a cabo sus propias auditorías de posibles proveedores y puede realizar auditorías éticas y sociales de los 2 pilares SMETA de terceros utilizando empresas de auditoría designadas por FKA, tanto antes de designar a un nuevo proveedor como periódicamente a los proveedores actuales. A discreción de FKA, los incumplimientos en materia de horas extraordinarias razonables y de no afiliación de los empleados al sistema de Seguridad Social pueden ser objeto de exención. El estándar mínimo actual es:
- Hasta 16 incumplimientos menores corregidos en 28 días con pruebas objetivas.
- O bien, 1 incumplimiento grave y hasta 10 menores corregidos en 28 días con pruebas objetivas.
Normas laborales y de fábrica
El proveedor deberá cumplir o superar las siguientes normas mínimas.
- Trabajo forzoso: no se recurrirá a trabajo forzoso, ya sea en forma de trabajo penitenciario, trabajo no remunerado, trabajo en régimen de servidumbre o de otro tipo. Ni el empleador ni ninguna agencia retendrán por ningún motivo la documentación personal original del empleado, como los documentos de identidad, pasaportes y registros de nacionalidad, excepto cuando lo permita la legislación local y, en ese caso, solo durante el tiempo permitido por la legislación local.
- Trabajo infantil: los consumidores esperan que los productos que adquieren se hayan fabricado sin recurrir al trabajo infantil en ningún punto de la cadena de suministro, desde la extracción hasta la distribución del producto acabado.
○ FKA define el trabajo infantil como el empleo de personas menores de 18 años. No se debe emplear a menores de 18 años en funciones que puedan poner en peligro su salud, su seguridad o su moralidad. Se puede emplear a jóvenes de entre 15 y 18 años en funciones adecuadas.
○ Está generalmente aceptado que los niños deben asistir a la escuela de forma obligatoria al menos hasta los 15 años. No se debe emplear a menores de 15 años en ningún punto de la cadena de suministro. Cuando la legislación local permita el empleo de niños menores de 15 años, se autorizará siempre que se cumplan íntegramente los requisitos locales y no se les emplee en funciones que puedan poner en peligro su salud, seguridad o moralidad. - Acoso o abuso: se tratará a los trabajadores con respeto y dignidad. Los trabajadores no serán objeto de ningún tipo de acoso o abuso físico, verbal, sexual o psicológico en relación con su empleo.
○ Los trabajadores deben ser libres de asociarse con otros, afiliarse o no a sindicatos, buscar representación y unirse a consejos de trabajadores de acuerdo con las leyes y normativas locales. - No discriminación: se debe contratar y remunerar a los trabajadores en función de su capacidad para desempeñar su trabajo y no en función de su sexo, raza, creencias religiosas o culturales.
- Denuncia de irregularidades: debe animarse a los empleados a poner en conocimiento de los directivos cualquier infracción de las políticas de la empresa. Cuando un empleado denuncie, de buena fe, cualquier infracción de las políticas de la empresa, no se tomarán represalias contra este y, cuando las leyes locales lo permitan, se protegerá su anonimato.
- El proveedor no participará ni apoyará el uso de castigos corporales, coacción mental o física, o abuso verbal.
- El proveedor no permitirá comportamientos como gestos, lenguaje y contacto físico que sean sexualmente coactivos, amenazadores, abusivos o explotadores.
- Alojamiento en las instalaciones: cuando se proporcione, las residencias estarán bien mantenidas, limpias y serán seguras. Asimismo, se equiparán con las salidas de emergencia apropiadas, agua caliente para ducharse, calefacción y ventilación adecuadas, y espacio personal, todo ello de acuerdo con las normas locales aplicables.
- Salarios y prestaciones: los proveedores deben reconocer que los salarios son esenciales para satisfacer las necesidades básicas de sus trabajadores. Los proveedores pagarán a los trabajadores por todo el trabajo realizado y pagarán, al menos, el salario mínimo exigido por la legislación local vigente o el salario vigente en el sector (el que sea más alto), incluidas las prestaciones obligatorias por ley. Solo pueden realizarse deducciones salariales si están legalmente aprobadas. Los salarios se pagarán puntualmente según lo exigido por la legislación local vigente y no se retendrán injustificadamente cuando no exista dicha legislación.
- Horas extraordinarias: las horas extraordinarias o cualquier trabajo que se desempeñe fuera de las horas básicas de trabajo incluidas en el contrato del trabajador se aceptan como parte del proceso de fabricación. Además de la compensación por trabajo en horario laboral, los trabajadores recibirán una compensación por las horas extraordinarias a una tarifa superior a la exigida legalmente o, en los países donde no exista una norma legal, a los estándares locales del sector. En ningún caso será inferior a la tarifa por hora normal. Las fábricas llevarán a cabo sus operaciones de forma que se limiten las horas extraordinarias a un nivel que garantice unas condiciones de trabajo productivas y humanas.
- Horario de trabajo: como parte del funcionamiento empresarial normal, los trabajadores tendrán derecho a un día completo de descanso por cada semana de siete días. Los proveedores no deben exigir que se trabaje de forma habitual más de 48 horas semanales y cualquier semana laboral de este tipo estará sujeta a las leyes relativas al pago de horas extraordinarias. En el caso de aquellos países en los que las leyes no limiten las horas de trabajo, no se deberá exigir a los trabajadores que trabajen de forma habitual más de una semana laboral normal con 12 horas extraordinarias. No se pedirá ni exigirá a los trabajadores que se lleven el trabajo a casa o fuera de las instalaciones.
- SEDEX: se exige a los proveedores que se registren y mantengan un registro en SEDEX. El proveedor deberá cumplimentar los cuestionarios de autoevaluación de SEDEX en un plazo de dos meses a partir de su nombramiento.
- Salud y seguridad: los proveedores proporcionarán un entorno de trabajo seguro e higiénico para evitar accidentes, enfermedades y lesiones prevenibles relacionadas con el trabajo. Garantizarán asimismo la disponibilidad inmediata de instalaciones y personal de primeros auxilios.
○ Un alto directivo será el responsable directo de la salud y seguridad en cada instalación.
○ Se impartirá formación a todos los empleados necesarios para garantizar el mantenimiento de las normas, la notificación de los problemas y su rápida resolución. - Alarmas de incendios: las instalaciones de un proveedor deberán disponer como mínimo de una alarma de incendios de accionamiento manual por detectores de humo individuales e, idealmente, de una alarma automática integrada de detección de humo/calor.
- Salidas de incendios: todas las salidas de incendios de las instalaciones del proveedor deben estar aprobadas por las leyes locales, estar claramente señalizadas y estar libres de obstáculos en todo momento. Las salidas de emergencia NO DEBEN estar cerradas cuando el edificio esté ocupado.
Lucha contra el soborno
- Ley antisoborno: tal y como se utiliza el término, «leyes antisoborno» incluye la ley antisoborno del Reino Unido de 2010 o cualquier ley o regulación similar. El proveedor no debe actuar de ninguna manera ni tomar ninguna medida que pueda hacer responsable a FKA o a cualquiera de sus afiliados de una infracción de las leyes antisoborno, que prohíben ofrecer o proporcionar —o la promesa de ofrecer o proporcionar—, directa o indirectamente, dinero o cualquier cosa de valor a cualquier funcionario de un Gobierno, partido político o instrumento de cualquier otro tercero para ayudar al proveedor o a FKA a obtener o retener negocios, o a llevar a cabo los deberes y actividades del proveedor en virtud del pedido. Además, el proveedor acuerda no recibir ni aceptar pagos u otros beneficios de ninguna parte asociada con el desempeño de sus deberes y pagos, u otros beneficios de ninguna parte asociada con el desempeño de sus deberes y actividades en virtud del pedido.
- El proveedor acepta que el incumplimiento de las leyes antisoborno o la recepción de pagos u otros beneficios podrían comprometer la integridad del trabajo realizado y, por lo tanto, FKA tendría derecho a rescindir el pedido inmediatamente.
- El proveedor acuerda que si cualquier acontecimiento hace que una declaración o certificación proporcionada previamente a FKA, ya sea en un cuestionario de diligencia debida o en otro documento, en relación con las leyes antisoborno, deje de ser exacta o completa, informará inmediatamente a FKA, por escrito, de las causas y el alcance de los cambios.
Sistema de gestión para aplicar estos principios:
FKA Brands nombrará a un alto directivo responsable de la aplicación de su política.
FKA Brands impartirá formación a los empleados pertinentes con respecto al cumplimiento de su política.
FKA Brands realizará auditorías periódicas para garantizar la conformidad con estos principios.
FKA Brands corregirá oportunamente cualquier deficiencia identificada mediante auditorías periódicas u otros medios.
Quiénes somos
FKA Brands Ltd. es una filial de propiedad exclusiva de FKA Distributing Co LLC (FKA), una sociedad de responsabilidad limitada estadounidense. FKA Brands Ltd. vende actualmente productos en Europa, Oriente Medio y África bajo las siguientes marcas y licencias:
- Homedics
- The House of Marley
- Revamp Professional
- Ellia
- Sol Republic
- HMDX
Swarup Banerjee
Director general y vicepresidente para Europa
Enero de 2023